La campaña de Renta y Patrimonio 2025, que se presentará en 2026, incorpora ajustes normativos que conviene revisar con calma. También exige repasar cuestiones que, sin ser estricta novedad, suelen marcar diferencias en la cuota final y en el riesgo de errores.
En este artículo repasamos las novedades con incidencia en el IRPF y en el Impuesto sobre el Patrimonio del periodo impositivo 2025, y analizamos puntos prácticos para declarar con seguridad y aprovechar las ventajas previstas en la normativa tributaria.
1) Novedades normativas con impacto en el IRPF 2025
En 2025 se consolidan y ajustan medidas que afectan al cálculo del impuesto. Le recomendamos revisar especialmente los siguientes ámbitos, porque son los que más impacto suelen tener en la cuota.
Tarifas, tramos y tipos aplicables
Conviene comprobar si el nivel de ingresos de 2025 implica un cambio de tramo en la base general o en la base del ahorro. Un salto de tramo no significa que “todo tribute más”, pero sí puede elevar el tipo marginal de la parte superior de la renta.
Reducciones por rendimientos del trabajo
Las reducciones vinculadas a rendimientos del trabajo pueden aliviar la tributación en rentas medias y bajas. Es importante revisar los importes del certificado de retenciones y la correcta aplicación de la reducción, porque un dato incompleto en el borrador puede alterar el resultado.
Autónomos en estimación directa: foco en deducibilidad
Si ha trabajado como autónomo, el análisis de gastos deducibles sigue siendo uno de los puntos más sensibles. En la práctica, conviene revisar:
- Gastos con factura completa y adecuadamente vinculados a la actividad.
- Afectación de vehículos y gastos asociados (criterio restrictivo en muchos casos).
- Suministros de la vivienda habitual cuando se usa como lugar de trabajo (porcentajes y requisitos).
- Amortizaciones y provisiones, especialmente si hay inversión en equipos o mejoras.
Una clasificación correcta desde el inicio reduce ajustes posteriores y mejora la seguridad ante comprobaciones.
Deducciones vinculadas a vivienda y eficiencia energética
Determinadas deducciones ligadas a obras de mejora energética han sido muy relevantes en ejercicios recientes. En caso de aplicarlas, es esencial conservar facturas, justificantes de pago y, cuando corresponda, certificados energéticos en regla.
2) Novedades con incidencia en el Impuesto sobre el Patrimonio 2025
El Impuesto sobre el Patrimonio requiere una revisión detallada del inventario de bienes y derechos a 31 de diciembre de 2025. Además, debe coordinarse con otras figuras vigentes, especialmente en patrimonios elevados.
Coordinación con el Impuesto Temporal de Solidaridad
En patrimonios altos, es importante revisar la coexistencia entre Patrimonio y el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Aquí suelen ser clave:
- Mínimos exentos autonómicos y reglas aplicables por residencia fiscal.
- Bonificaciones y particularidades autonómicas.
- Límite conjunto IRPF–Patrimonio, cuando resulte aplicable.
Valoración de inmuebles
En inmuebles, la valoración debe revisarse con cuidado. En muchos supuestos debe considerarse el valor de referencia catastral cuando proceda, y compararlo con otros valores legalmente relevantes. Una valoración incorrecta puede generar diferencias importantes.
Exención de empresa familiar: requisitos formales y materiales
La exención de empresa familiar es un punto crítico si existe actividad empresarial o participaciones societarias. Conviene verificar:
- Porcentaje mínimo de participación exigido en cada caso.
- Ejercicio real de funciones de dirección.
- Remuneración vinculada a dichas funciones, cuando sea requisito.
Pequeñas desviaciones formales pueden poner en riesgo la exención, por lo que es recomendable documentar y revisar con antelación.
3) Cuestiones no nuevas, pero determinantes para declarar con seguridad
Muchas incidencias en Renta y Patrimonio no se deben a cambios “de última hora”. Se deben a omisiones o a una lectura demasiado rápida del borrador. Estos son los puntos que más conviene revisar.
Ganancias y pérdidas patrimoniales
Operaciones como la venta de inmuebles, transmisiones de participaciones, cartera de valores, activos en el extranjero o criptoactivos requieren una imputación correcta. Es importante comprobar:
- Fecha de transmisión y criterios de imputación temporal.
- Gastos y tributos asociados a la operación (según corresponda).
- Aplicación de coeficientes o reglas específicas si proceden.
Obligación de declarar
No siempre “no sale a pagar” significa “no hay que declarar”. Pluriempleo, varios pagadores, rendimientos del capital o determinadas ayudas pueden afectar a la obligación. Revisar este punto evita sanciones por omisión.
Compensación de pérdidas y optimización legal
La normativa permite compensar pérdidas con ganancias dentro de límites y reglas concretas. Revisar compensaciones pendientes puede reducir la cuota de forma plenamente legal y, a la vez, ordenar mejor la planificación fiscal.
4) Medidas autonómicas aprobadas para 2026 aplicables a la declaración 2025
Algunas medidas fiscales autonómicas aprobadas para 2026 también se aplican en la práctica a la declaración del ejercicio 2025, según su diseño normativo. Por eso es importante revisar la normativa autonómica correspondiente a su residencia fiscal a 31 de diciembre de 2025.
Entre las medidas autonómicas más frecuentes, conviene comprobar:
- Deducciones por nacimiento o adopción.
- Deducciones por alquiler de vivienda habitual (con requisitos por edad, ingresos o localidad).
- Incentivos por inversión en energías renovables o mejoras del hogar.
- Beneficios para familias numerosas o monoparentales.to, a menudo se pierden.
5. Conclusión: revisión técnica, lenguaje claro y máxima seguridad
La declaración de IRPF y Patrimonio 2025 combina novedades normativas con aspectos prácticos que conviene revisar cada año. Un enfoque ordenado permite declarar con seguridad, minimizar riesgos y optimizar la tributación dentro de la legalidad.
6. Plazos
Presentación por Internet de las declaraciones de Renta 2025 y Patrimonio 2025Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 25 de junio



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