GESTION DE HERENCIAS, IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y PLUSVALIA

By Nincardona asesores - 2:00 p. m.

 


Cuando fallece un familiar, es un trance que cuesta asimilarlo, sin embargo la administración no entiende de sentimientos y tenemos un plazo de 6 meses para liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía de los inmuebles, podemos pedir una ampliación de dicho plazo 1 mes antes de que cumplan los 6 meses iniciales. 

La documentación que vas a necesitar para realizar ambos tramites son:

  • Certificado defunción
  • Certificado últimas voluntades y seguros de vida (se pide 15 días hábiles después del fallecimiento).
  • Testamento si existe (solicitar copia autorizada), sino existe deberás ir al notario y realizar la declaración de herederos (necesitaremos dos tesigos que conocieran en vida al fallecido)
  • DNI de fallecido y de herederos
  • Escrituras de los inmuebles
  • Certificado de cuentas bancarias a fecha del fallecimiento 

Aunque en La Comunidad de Madrid el impuesto de sucesiones que se paga al fallecimiento de una persona esta bonificado en el 99% (en caso de Padres e hijos) yen el 15% en caso de hermanos, es necesario realizarlo, pagarlo y presentarlo ante hacienda de la comunidad de Madrid. 

Al igual que es obligatorio pagar la plusvalía municipal de los inmuebles. 

Tramitar una herencia a veces es un proceso largo y tedioso en el que son necesarios diferentes certificados y poner de acuerdo a todos los herederos. Nosotros nos encargamos de todo, te ayudamos.

Pídanos información y presupuesto sin compromiso rellenando este formulario de contacto

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Jose Maria Nin de Cardona Asesor
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