GESTION DE HERENCIAS, IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y PLUSVALIA
Cuando fallece un familiar, es un trance que cuesta asimilarlo, sin embargo la administración no entiende de sentimientos y tenemos un plazo de 6 meses para liquidar el impuesto de sucesiones y la plusvalía de los inmuebles, podemos pedir una ampliación de dicho plazo 1 mes antes de que cumplan los 6 meses iniciales.
La documentación que vas a necesitar para realizar ambos
tramites son:
- Certificado defunción
- Certificado últimas voluntades y seguros de vida (se pide 15 días hábiles después del fallecimiento).
- Testamento si existe (solicitar copia autorizada), sino existe deberás ir al notario y realizar la declaración de herederos (necesitaremos dos tesigos que conocieran en vida al fallecido)
- DNI de fallecido y de herederos
- Escrituras de los inmuebles
- Certificado de cuentas bancarias a fecha del fallecimiento
Aunque en La Comunidad de Madrid el impuesto de sucesiones que se paga al fallecimiento de una persona esta bonificado en el 99% (en caso de Padres e hijos) yen el 15% en caso de hermanos, es necesario realizarlo, pagarlo y presentarlo ante hacienda de la comunidad de Madrid.
Al igual que es obligatorio pagar la plusvalía municipal de los inmuebles.
Tramitar una herencia a veces es un proceso largo y tedioso
en el que son necesarios diferentes certificados y poner de acuerdo a todos los
herederos. Nosotros nos encargamos de todo, te ayudamos.
Pídanos información y presupuesto sin compromiso rellenando este formulario de contacto
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